Lo que el abogado debe saber sobre el recurso de reposición

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El recurso de reposición es un recurso aparentemente sencillo que puede formularse en forma oral, durante el desarrollo de comparecencias y vistas o por escrito en plazo de cinco días. Pero los cuatro artículos que la norma rituaria dedica a su regulación dejan una serie de lagunas que se resuelven por vía interpretativa como son: la ausencia de una regulación sobre la imposición de costas, la obligatoriedad en algunos supuestos del abono del depósito o la ausencia de cita la de la infracción cometida como causa más frecuente de inadmisión. Por último, la STC, Pleno, 15/2020, de 28 de enero (SP/SENT/1036323), ha declarado inconstitucional y nulo también el art. 454 bis.1, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), en la redacción dada por la Ley 3/2011, de Medidas de Agilización Procesal y que declaraba la irrecurribilidad del decreto resolutivo del recurso de reposición contra resoluciones dictadas por los Letrados de la Administración de Justicia declarando el TC que debe admitirse recurso de revisión.

ÍNDICE

  1. ¿Qué resoluciones del Juzgado o Tribunal son recurribles en reposición?
  2. Si es inconstitucional el art. 454 bis LEC que declara la irrecurribilidad de los decretos resolutivos de la reposición del Letrado de la Administración de Justicia ¿Qué recurso cabe?
  3. ¿Deben imponerse costas cuando se desestima el recurso de reposición?
  4. ¿Cómo debe entenderse la cita de la infracción cometida como causa de inadmisión del recurso de reposición?
  5. ¿Se exige depósito contra los recursos de reposición oral?
  6. ¿Se exige depósito de 25 euros cuando se formula recurso de reposición contra la resolución de un Letrado de la Administración de Justicia?